MOLESTIA se define como: “Ladridos excesivos que privan a otras personas del disfrute confortable de sus hogares. Cuando los ladridos son fuertes, frecuentes y continúan durante un largo periodo de tiempo, se considera definido legalmente como una “molestia pública”. NOTA: ladrar ocasionalmente es no una molestia.
Antes de completar un formulario de queja por molestias, Por favor, intente resolver las cosas por su cuenta, ya que tendrá que vivir cerca de sus vecinos durante mucho tiempo.
Antes de presentar una queja o dejar una nota maliciosa en su buzón o en su puerta, recuerde que tendrá que vivir cerca de ellos durante mucho tiempo, así que mantenga la calma y dé al dueño el beneficio de la duda. Los estudios demuestran que los dueños de mascotas a menudo no se dan cuenta de que su perro ladra, por ejemplo, cuando se van a trabajar, así que hágaselo saber. Pero menciónelo con delicadeza, tal vez cuando los vea sacando la basura. eres Si se enojan, se pondrán a la defensiva y no escucharán. Si perteneces a una asociación de propietarios, puedes contactarlos para informarles de forma anónima.
Considera dejarles una nota amable. ¡Aquí tienes un ejemplo!
Estimado vecino:,
Quería decirte que tu perro te extraña cuando no estás y tiende a ladrar bastante hasta que regresas a casa. Yo también soy amante de los animales y quería que supieras que te extraña.
Me preguntaba si sería posible mantenerlo dentro de casa cuando no estás. Aunque es comprensible que ladre de vez en cuando, se ha convertido en algo habitual.
¡Tu vecino amigable!
Si comunicarse con su vecino no ha detenido la molestia, complete un formulario. Formulario de quejas VCAS verificará toda la información, comprobará la licencia y el estado de vacunación de todos los animales involucrados y enviará una carta al propietario del animal. Su nombre no aparecerá en la carta. La carta se enviará por correo e indicará que se ha recibido una queja. Explicará la ordenanza municipal relativa, en este caso, a los perros que ladran. La carta solicitará el cumplimiento voluntario dentro de siete (7) días, e indicará las posibles medidas adicionales que se podrían tomar si el problema no se resuelve.
Después de un tiempo prudencial, si los ladridos persisten, comuníquese con los Servicios para Animales del Condado de Ventura por segunda vez. se puede emitir una citación de conformidad con la ordenanza del condado 4467-12 siempre que la queja cumpla o supere los parámetros indicados en la ordenanza. Recuerde que los ladridos ocasionales no se consideran una“molestia.”
Proceso para declarar a un perro como molestia pública
El Servicio de Control de Animales del Condado de Ventura (VCAS) aplica las ordenanzas locales que regulan la tenencia o el cuidado de perros potencialmente peligrosos o agresivos en las áreas no incorporadas del Condado de Ventura y en las ciudades de Camarillo, Fillmore, Ojai, Port Hueneme, Simi Valley y Ventura. Si bien las ordenanzas difieren en diversos grados, todas abordan ciertas actividades de los animales que pueden considerarse comportamientos potencialmente peligrosos o agresivos, como causar lesiones a una persona u otro animal, y comportamientos agresivos o amenazantes. Lea la ordenanza correspondiente a su jurisdicción en su totalidad antes de continuar. HAGA CLIC AQUÍ PARA VER LAS ORDENANZAS.
- Si usted estuvo involucrado en un incidente donde usted y/o su animal resultaron heridos por otro perro o tuvo que tomar medidas defensivas para protegerse a sí mismo o a su mascota, puede presentar una queja llamando al (805) 388-4341 o completando el formulario de queja a continuación. Para proceder, los criterios establecidos en la ordenanza debe cumplirse.
- Además de presentar el formulario de queja, usted y cualquier otro denunciante pueden aportar pruebas válidas que corroboren el incidente. Estas pruebas pueden consistir en vídeos, fotos o audios con fecha y hora, declaraciones de testigos, historiales médicos, etc.
- Una vez recibido el formulario de denuncia cumplimentado y las pruebas correspondientes, se asignará a un agente de control animal para que investigue el caso. Se enviará una carta al propietario del animal informándole de que se ha recibido una denuncia. Si existen motivos fundados para considerar que el comportamiento del perro puede entrar dentro de la definición de perro potencialmente peligroso o agresivo, se podrá programar una audiencia para determinar si el perro o perros son potencialmente peligrosos o agresivos.
- Si alguna de las partes en el proceso no puede asistir a la audiencia en la fecha y hora programadas, deberá ponerse en contacto inmediatamente con VCAS.
En cualquier momento durante el proceso, si la situación se resuelve y el reclamante desea retirar su solicitud de audiencia, póngase en contacto con VCAS de inmediato. La reclamación permanecerá archivada, pero inactiva durante un periodo de un (1) año. Si la situación se repite, el reclamante solo tendrá que enviar un registro actualizado de ladridos y una solicitud por escrito para restablecer su reclamación. Transcurrido un (1) año, si no recibimos más correspondencia o reclamaciones al respecto, el caso se dará por cerrado y se eliminarán los archivos.
DEFINICIONES:
A los efectos de Sección 4470, y siguientes, salvo que el contexto requiera lo contrario,
(a) El término “perro potencialmente peligroso” se refiere a cualquiera de los siguientes:
(1) Cualquier perro que, sin haber sido provocado, en dos (2) ocasiones distintas durante los últimos treinta y seis (36) meses, haya mostrado un comportamiento que haya requerido una acción defensiva por parte de otra persona para evitar lesiones físicas, cuando dicha persona y el perro se encontraban fuera de la propiedad del dueño o cuidador del perro.
(2) Cualquier perro que, sin haber sido provocado, muerda a una persona causándole una lesión menos grave que la definida en Sección 4470-3, subdivisión (c).
(3) Cualquier perro que, sin haber sido provocado, en dos (2) ocasiones distintas durante los últimos treinta y seis (36) meses, haya matado, mordido gravemente, infligido lesiones o causado daños de cualquier otro tipo al atacar a un animal doméstico fuera de la propiedad de su dueño o cuidador.
(b) El término “perro peligroso” se refiere a cualquiera de los siguientes casos:
(1) Cualquier perro que, sin haber sido provocado, de manera agresiva, inflija lesiones graves o mate a un ser humano.
(2) Cualquier perro que haya sido previamente determinado y que actualmente figure en la lista de perros potencialmente peligrosos y que, después de que su dueño o cuidador haya sido notificado de esta determinación, continúe con el comportamiento descrito en Sección 4470(a), o se mantiene en violación de Sección 4470-9.
(c) El término “lesión grave” se refiere a cualquier lesión física sufrida por un ser humano que provoque desgarros musculares o laceraciones desfigurantes, o que requiera múltiples suturas o cirugía correctiva o estética.
(d) El término “recinto” se refiere a una cerca o estructura adecuada para impedir la entrada de niños pequeños y que sea adecuada para impedir que el perro se escape. El perro deberá estar alojado de conformidad con la Sección 597t del Código Penal.
(e) El término “incautado” significa puesto bajo la custodia de la División.
Molestia – Ladridos excesivos que impiden a otras personas disfrutar cómodamente de sus hogares. Cuando los ladridos son fuertes, frecuentes y continúan durante un largo periodo de tiempo, se definen legalmente como “molestia pública”.
Formulario de queja por molestias
Este es un formulario en línea donde los residentes del condado de Ventura pueden reportar quejas sobre animales que causan molestias (por ejemplo, perros que ladran, perros que se quedan afuera, etc.). Antes de completar este formulario, intente resolver el problema por su cuenta. Tenga en cuenta que tendrá que vivir cerca de esta persona durante mucho tiempo y no querrá que esto se convierta en un problema. Intente hablar con ella primero. No sea conflictivo ni acusatorio. Y recuerde, la mayoría de las personas no saben que el animal está causando molestias, así que sea amable y comprensivo.